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La ley de víctimas, en el centro del debate.
miércoles, 16 de enero de 2013
AUTOR: José Sobrevilla GENERO: Nota Informativa
FUENTE: El Financiero PÁGINA: pp-21
COSTO: $84,168.00
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DEBATE POR LA LEY DE VÍCTIMAS Especialistas advierten que cualquier indiciado puede conseguir un amparo; en contraparte, abogados afirman que está apegada a la Constitución.
La ley de victimas, en el centro del debate Especialistas exponen sus posturas respecto de su sustento legal ¦ Su contitucionalidad, uno de los temas controvertidos ¦ Descarta Silvano Cantú que los indiciados se puedan amparar José Sobrevida Luego de ocho meses de su aprobación por parte del Congreso y tras ser bloqueada por el expresidente Felipe Calderón, el 9 de enero fue publicada la Ley General de Víctimas en el Diario Oficial de la Federación.
Controvertida, luego de su promulgación, no tardaron en salir las voces de descontento: los activistas Alejandro Martí, María Elena Moreira e Isabel Miranda de Wallace, cercanos al calderonismo, aseguraron que "con esta ley, la víctima pasa por una serie interminable de trámites que la revictimizan".
Y Miguel Alessio Robles, exconsejero jurídico de la Presidencia durante el sexenio de Felipe Calderón, destacó que "ante la falta de fundamentos constitucionales es muy probable que cualquier delincuente o cualquier autoridad que se vea afectada por una resolución de esta ley que lo obligue reparar el daño de la víctima, se ampare.
"Y con el solo argumento de la falta de fundamento constitucional, lo más probable es que el juez de Distrito y los Tribunales Colegiados encaren lo inconstitucional de la ley." Sin embargo, Silvano Cantú —quien junto con el abogado Julio Hernández es uno de los redactores de esta ley— descarta en entrevista con El Financiero que los indiciados se puedan amparar contra esta ley.
"Así como hay una ampliación inusitada de los derechos sustantivos y adjetivos o procesales de las personas indiciadas, también los hay en las víctimas.
Hablar de un presunto menoscabo al principio de equidad procesal, me parece una observación totalmente desechable, porque además, las reglas procesales son iguales para ambas partes. No habría ningún motivo para señalar que la víctima tenga ventaja sobre el presunto culpable, o viceversa." Y agrega: "La ley de víctimas se diseñó de tal manera que se respetó en todo momento el principio de equidad procesal".
Señala que la controversia deriva de ser una ley innovadora.
"En México no se tenía una ley con fundamento constitucional en el llamado bloque de constitucionalidad en derechos humanos; es decir el conjunto de normas en la materia que constan en la Constitución y en los tratados internacionales." Politización Por su parte, el catedrático del Inacipe Arturo Yáñez Romero, también entrevistado por este diario, indica que esta legislación inexplicablemente se politizó. "Yo no le encuentro problema, más allá de que es una ley general que obviamente necesita una reglamentación.
Entonces no sé por qué ahora resulta que es muy mala." Sobre este proceso de reglamentación, Cantú dice que se hará mediante un diálogo permanente con la sociedad; "no se reglamentará a espaldas del movimiento de víctimas".
Silvano Cantú, quien también es abogado de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, dice que se ha querido ver esta ley como una mera aplicación del derecho penal, lo que ha suscitado algunos errores de apreciación que se irán diluyendo conforme se vea que es una ley viable.
Yáñez Romero asegura, por su parte, que esta ley es necesaria por la ignorancia generalizada que hay entre los servidores públicos a nivel nacional sobre los derechos humanos en los tres ámbitos del gobierno: desde qué son, sus alcances y debida observancia.
En respuesta a las críticas de que esta ley no tiene los fondos necesarios para operar, Silvano Cantú afirma que hay dependencias proclives a generar hechos victimizantes por su manejo de la fuerza, que cuentan con partidas para poder indemnizar a las víctimas. "Por otra parte, ya hay una serie de fondos en el Presupuesto de Egresos 2013 para instituciones como Províctima", que ahora con la ley desaparecerá para crear un sistema más complejo.
Al respecto, el abogado egresado de la Universidad Autónoma de Nuevo León, confirma que Províctima, organismo creado por Felipe Calderón, desaparece, pero antes de hacerlo "deberá ir integrando los expedientes para entregarlos a la instancia encargada de operar las disposiciones previstas en la Ley del Sistema Nacional de Víctimas".
Posiciones encontradas Crítico de la ley, el especialista Samuel González señala a El Financiero que ésta tiene distintos problemas. "Si bien el Congreso tiene facultad para dictar normas en torno a las víctimas en los procesos federales, no tiene competencia para dictar una ley general en el sentido de que les asigna competencias a los municipios y a los estados. Para ello requiere que sea una facultad concurrente y, en consecuencia, que esté modificada la Constitución. En lo federal no tiene problemas, pero en todo lo que se refiera a las entidades y los municipios existe inconstitucionalidad." Sin embargo, para Cantú Martínez esos alegatos son reduccionistas, porque no están contemplando que el Congreso de la Unión sí tiene facultades expresas de hacer leyes reglamentarias de la Constitución.
En este caso, agrega, hablamos de una ley que reglamenta los derechos de las víctimas que ya reconoce la Constitución bajo la atribución expresa que tiene el Congreso de legislar con carácter reglamentario los artículos de la Carta Magna y que además responde a una serie de fundamentos adicionales. "Hay sobrados argumentos y fundamentos para defender de manera contundente y fuera de cualquier duda, la constitucionalidad de la ley." Sobre la crítica de que la ley se circunscribe al ámbito federal y que ignora lo estatal y municipal, Cantú Martínez asegura que "cuando la Constitución habla de obligaciones para con las víctimas, habla del Estado mexicano como titular de las mismas, y éste —en el derecho constitucional y la doctrina— se compone de tres Poderes y tres instancias; entonces, las obligaciones en materia de reparación son en todo momento tres por tres". W[tc]



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